Reducción de capital por amortización de acciones propias.


En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 319 del Texto Refundido de la
Ley de Sociedades de Capital (TRLSC), se hace público que la Junta General
Extraordinaria de la mercantil Bandesur Alcala, S.A celebrada el día 6 de mayo de
2024 con carácter universal, acordó por unanimidad la reducción de capital social
en la suma de 91.688,56 euros:
(i) Reducir el capital social en la cifra de noventa y un mil seiscientos ochenta y
ocho euros con cincuenta y seis céntimos (91.688,56 €) con la finalidad de
amortizar las siguientes acciones propias:
Números «27125 hasta 34250, 57.469 hasta 58.313, 75.938 hasta 79943,
103.670 hasta 106.948 con un valor nominal global de 91689,5241 euros.
Se deja constancia de que las acciones amortizadas han sido adquiridas por la
sociedad previa autorización por la Junta General conforme al artículo 146 de la ley
de sociedades de capital.
A los efectos previstos en los artículos 139, 140, 141, 142, 143, 342 de la Ley
se constituye una reserva indisponible por el importe del valor nominal de las
participaciones sociales amortizadas, la cual tendrá carácter de indisponible en los
términos legalmente previstos.
(ii) Modificar el artículo 6 de los estatutos sociales que queda con la siguiente
redacción: «ARTICULO 6.- CAPITAL SOCIAL.- Queda fijado en la cantidad de
seiscientos seis mil trescientos ochenta y seis euros con veintinueve céntimos
(606.386,29 €), que en su totalidad están íntegramente desembolsados. El capital
está dividido y representado por 100.895 acciones ordinarias, nominativas, de una
misma clase, siendo por tanto todas idénticas, no teniendo ninguna de ellas ningún
derecho u obligación distintos de los demás.».
La reducción de capital se ha realizado con cargo a reservas de libre
disposición y, de conformidad con lo previsto en el apartado c) del artículo 335
LSC, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de la sociedad de
ejercitar el derecho de oposición durante el plazo de un mes, a contar desde la
fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de reducción, en los términos
previstos en la LSC. Dado que las acciones a amortizar son titularidad de la
Sociedad, la reducción de capital no implica la devolución de aportaciones para los
accionistas.
Alcala la Real, 29 de mayo de 2024.- Administrador Unico, Victoriano Manuel
Serrano López.

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